Trámite · Para ciudadanos de Israel
Registro consular de un hijo de ciudadanos israelíes nacido en RD u otro país, que debe hacerse dentro de los 30 días del nacimiento.
Para ciudadanos de Israel que viven en RD o están de paso. Última verificación: 20 de octubre de 2026.
Deben comparecer ambos padres, salvo que ambos sean israelíes con matrimonio inscrito en el Registro de Población (basta uno). Si solo un progenitor es israelí, contactar antes con la embajada. En algunos casos se necesita aprobación previa de la Autoridad de Población y documentos adicionales.
La lista sale de la web oficial de Israel. La sede puede pedir algún documento adicional según tu caso.
Revisamos estos datos el 20 de octubre de 2026 en las fuentes oficiales que se enlazan abajo. Los consulados cambian de horario y de requisitos sin mucho aviso: confirma con la sede antes de ir.
¿Ves algún dato desactualizado? Avísanos y lo corregimos. Cómo trabajamos: metodología.